Artículo 1. Definiciones
En estas condiciones se entiende por:
Clienta:
la persona física que contrata cuidados posparto con Kraamzorg Believe. Por ella se entiende, antes del parto, la embarazada y, después del parto, la puérpera (kraamvrouw).
Proveedor de cuidados posparto Believe:
La entidad económica que celebra el contrato de cuidados posparto.
Matrona:
Una profesional sanitaria independiente que acompaña a la mujer embarazada y a su pareja durante el embarazo y el parto y mantiene contacto regular con la mujer. También se entiende incluido el médico de cabecera con actividad obstétrica (verloskundig actieve huisarts).
Cuidadora posparto:
La persona física que presta cuidados posparto y asistencia al parto bajo la responsabilidad médica de la matrona.
Cuidados posparto:
Atención, apoyo, instrucción e información a la clienta y al recién nacido.
Cuidados posparto mínimos:
El número mínimo legal de horas de cuidados posparto, sin incluir la asistencia al parto, que es de 24 horas repartidas en ocho días.
Determinación de la indicación (indicatiestelling):
La determinación de la indicación sobre la base del Protocolo nacional de indicación de cuidados posparto (Landelijk Indicatieprotocol Kraamzorg, LIP).
Protocolo nacional de indicación de cuidados posparto (Landelijk Indicatieprotocol Kraamzorg, LIP):
Protocolo que describe qué son unos cuidados posparto de calidad y regula la cantidad de horas de cuidados posparto necesarias para prestar unos buenos cuidados a la clienta y al recién nacido.
Inscripción / solicitud de inscripción:
Petición de la clienta al proveedor de cuidados posparto de que le preste cuidados posparto.
Contrato:
El contrato de cuidados posparto celebrado entre la clienta y el proveedor de cuidados posparto.
Conversación inicial (intake):
Una conversación presencial o telefónica entre un representante del proveedor de cuidados posparto y la clienta, antes de la semana 34 de embarazo. En esa conversación se determinan, entre otras cosas, la naturaleza y el alcance de los cuidados posparto que se prestarán y de los eventuales cuidados posparto y servicios adicionales. También se determina cuáles son las necesidades de atención de la clienta y qué se espera de ella para recibir buenos cuidados.
Tutor de prácticas (praktijkbegeleider):
La persona física que acompaña a una cuidadora posparto en formación o a una estudiante en prácticas en el lugar de trabajo o de prácticas.
Traspaso a la JGZ:
Traspaso a la atención de salud infantil y juvenil (jeugdgezondheidszorg, JGZ) de datos del periodo posparto sobre, entre otros, la clienta, el recién nacido, la situación familiar, el parto y el desarrollo del periodo de cuidados posparto.
Incidente:
Todo suceso no deseado o imprevisto en el proceso de cuidados posparto con consecuencias perceptibles, de forma inmediata o a plazo, para la clienta y/o el recién nacido.
Por escrito:
Por escrito se entiende también de forma digital o por correo electrónico.
Vía electrónica:
La transmisión o el almacenamiento de datos a través de un sitio web, internet o el correo electrónico.
Artículo 2. Ámbito de aplicación
- Estas condiciones generales se aplican al contrato.
- Estas condiciones generales describen los derechos y las obligaciones del proveedor de atención y de la clienta.
- Estas condiciones generales no afectan a las disposiciones de derecho imperativo.
Artículo 3. Comunicación de las condiciones generales
- El proveedor de cuidados posparto entrega estas condiciones generales a la clienta antes de la celebración del contrato o en el momento de celebrarlo, y se las explica oralmente si la clienta lo pide.
- a. Si el contrato se celebra por vía electrónica, las condiciones generales pueden ponerse a disposición por vía electrónica de manera que puedan guardarse y consultarse más adelante;
b. Si el contrato no se celebra por vía electrónica, las condiciones generales también pueden facilitarse por vía electrónica de forma comparable, pero solo si el consumidor está de acuerdo.
Artículo 4. Información clara
- El proveedor de cuidados posparto se asegura de disponer de la información (por escrito o en el sitio web) que permita a la clienta comparar adecuadamente con otros proveedores de cuidados posparto para poder elegir.
- En esta información, el proveedor de cuidados posparto indica, como mínimo:
- que el contrato se celebra en el momento en que el proveedor de cuidados posparto acepta la inscripción;
- que la clienta tiene derecho a dejar sin efecto el contrato hasta 14 días después de la aceptación por parte del proveedor de cuidados posparto;
- las eventuales reservas en cuanto a la posibilidad de prestar los cuidados posparto que se acuerden.
- El proveedor de cuidados posparto se asegura de que, durante la vigencia del contrato, la clienta siga suficientemente informada de los asuntos relevantes para ella y para el recién nacido relativos a la ejecución del contrato.
Artículo 5. Antes de la celebración del contrato y forma de trabajar
- Cuando la clienta sospecha que está embarazada, acude a una matrona. La matrona programa una consulta para determinar si la clienta está embarazada.
- Una vez que la matrona ha constatado que la clienta está embarazada, la matrona programa citas para acompañar a la clienta antes, durante y después del embarazo.
- Una vez constatado que la clienta está embarazada, la clienta puede inscribirse o registrarse con un proveedor de cuidados posparto, si procede en consulta con la matrona.
- En el caso del proveedor de cuidados posparto Believe, la inscripción se hace por escrito o de forma digital. En la inscripción, la clienta pide al proveedor de cuidados posparto que le preste cuidados posparto.
- Si la inscripción se tramita a través del sitio web, la clienta recibe una confirmación por correo electrónico en la que se confirma a quien se inscribe que su inscripción se ha recibido correctamente.
- Tras la inscripción, el proveedor de cuidados posparto se pone en contacto con la clienta en un plazo de 14 días para programar una conversación inicial. En la conversación inicial, el proveedor de cuidados posparto explica cómo se desarrolla el proceso de los cuidados posparto, cuáles son las posibilidades en materia de cuidados posparto (naturaleza y alcance de los cuidados), qué elementos se necesitan en casa para el parto a fin de superar lo mejor posible el periodo de cuidados posparto y qué debe cumplir la clienta conforme a la legislación sobre condiciones de trabajo (Arbowetgeving). Durante la conversación inicial también se trata el seguro de salud neerlandés y los posibles costes que la clienta debe pagar en virtud del seguro de salud o por servicios de cuidados posparto adicionales contratados.
- Si las partes llegan a un acuerdo, tras la conversación inicial se firma un contrato. A continuación, la clienta recibe un dossier posparto (kraamdossier), una carta de horas (urenbrief) y el Protocolo nacional de indicación de cuidados posparto (LIP).
- Se explica a la clienta qué circunstancias especiales pueden darse en un parto y por las que puede faltar un transporte propio de casa al hospital y del hospital a casa. En ese caso, el proveedor de cuidados posparto podría transportar a la clienta, y las horas de la profesional de cuidados posparto comienzan desde el momento en que esta llega al lugar desde el que debe trasladarse a la clienta al hospital. La clienta está de acuerdo con ello.
- Se explica a la clienta cuándo empiezan las horas de cuidados posparto en caso de “parto en casa” o de “parto en el hospital”. Si la clienta pide la presencia de la profesional de cuidados posparto antes del parto o durante él, las horas comienzan desde el momento en que la profesional ha llegado al lugar donde se encuentra la clienta. La clienta está de acuerdo con ello.
Artículo 6. Celebración del contrato
- Una vez que las partes han mantenido una conversación inicial y la clienta desea los servicios del proveedor de cuidados posparto, el proveedor de cuidados posparto acepta la inscripción por escrito, con lo que se celebra el contrato. La clienta tiene derecho a dejar sin efecto el contrato (sin coste) hasta 14 días después de haberlo celebrado.
- Si la clienta no desea una conversación inicial en su domicilio, el proveedor de cuidados posparto la realizará por teléfono. En ese caso, el contrato se enviará de forma digital o por correo postal, y deberá recibirse firmado de vuelta en un plazo de 7 días.
- Si la clienta es menor de 18 años, debe hacer firmar el contrato a un representante legal por la garantía financiera hasta los 18 años, a pesar de que a partir de los 16 años la ley le permite celebrar un contrato médico (WGBO, ley neerlandesa sobre el contrato de tratamiento médico).
- El contrato contiene, como mínimo:
- una referencia al LIP en cuanto a la naturaleza y el alcance de los cuidados posparto. La naturaleza y el alcance de los cuidados posparto se determinan por escrito durante la conversación inicial (antes de la semana 34 de embarazo);
- si procede, una descripción clara de las reservas en cuanto a la posibilidad de prestar los cuidados posparto acordados y de sus consecuencias;
- que los acuerdos sobre cuidados posparto y servicios adicionales se tratan durante la conversación inicial y se recogen por escrito en el contrato. Si esto supone costes para la clienta, esta recibe un desglose;
- una disposición según la cual la clienta debe una aportación propia legal (eigen bijdrage) por las horas de cuidados posparto prestadas. No hay que pagar aportación propia por las horas de asistencia al parto;
- una regulación sobre el consentimiento para el uso de los datos de la clienta y del recién nacido;
- para la medición legalmente obligatoria de indicadores de calidad de contenido asistencial y para medir las experiencias de las clientas en la atención, a nivel de VSV (red de colaboración obstétrica) y de la organización; en el marco del ciclo interno de calidad y de la mejora interna de la calidad; para controles de las aseguradoras de salud en ejecución del contrato con el proveedor de cuidados posparto, de conformidad con las normas vigentes;
- para el traspaso de datos a la atención de salud infantil y juvenil (JGZ);
- un eventual régimen de gastos de cancelación;
- una disposición según la cual el contrato solo puede modificarse previa consulta entre el proveedor de cuidados posparto y la clienta, y que la modificación debe constar por escrito;
- una referencia a estas condiciones generales y a su aplicabilidad.
Artículo 7. Desviación respecto al contrato
- Si la clienta ha firmado un contrato de 49 horas o más/menos y durante la semana de posparto desea menos horas que las acordadas, el proveedor de cuidados posparto facturará las horas acordadas. En efecto, con arreglo al contrato, el proveedor de cuidados posparto ha programado y mantenido disponible a la profesional de cuidados posparto. El deseo de contratar menos horas corre a cargo de la clienta y se calcula conforme a las tarifas de cuidados posparto de la NZA.
- Si la clienta rescinde el contrato sin motivos graves y no colabora en cumplimentar la hoja de horas (urenstaat) conforme a las horas acordadas, el proveedor de cuidados posparto facturará a la clienta las horas que ha trabajado y mantenido disponibles.
- Si, tras firmar el contrato, la clienta desea otras horas, solo puede hacerlo hasta 4 semanas antes de la fecha prevista de parto. La petición debe hacerse por escrito o de forma digital y solo puede atenderse con la aprobación del proveedor de cuidados posparto.
- Si, durante la semana de posparto, la matrona considera necesaria una indicación para más cuidados posparto de los acordados, el proveedor de cuidados posparto prestará las horas de cuidados posparto indicadas en función de su disponibilidad. Si se supera el máximo de 80 horas (tras una indicación de la matrona) y ya no es posible otra indicación, la clienta puede decidir si se continúan los servicios del proveedor de cuidados posparto. La tarifa horaria del proveedor de cuidados posparto asciende a la cantidad de € 60,– por hora.
- Si, durante la semana de posparto, la clienta decide contratar más horas y para ellas no rige ninguna indicación ni reembolso del seguro de salud, la clienta acepta una tarifa horaria de € 60,– por hora por los trabajos acordados.
Artículo 8. La conversación inicial (intake)
- En la conversación inicial se trata con la clienta la determinación de la indicación del número de horas de cuidados posparto. En esta conversación se trata:
- el procedimiento para obtener una (re)indicación conforme al LIP, la explicación sobre la (re)indicación y las consecuencias de que la clienta ponga fin anticipadamente a los cuidados posparto;
- la determinación de la naturaleza y el alcance de los cuidados posparto que se prestarán, a partir del LIP y de los deseos de la clienta;
- una descripción y, en su caso, la determinación de los cuidados posparto adicionales (cubiertos por la aseguradora de salud en un paquete complementario o financiados de forma privada);
- Antes de la conversación inicial o durante ella, el proveedor de cuidados posparto ofrece a la clienta información por escrito, como mínimo, sobre los puntos siguientes:
- el reparto de responsabilidades entre la cuidadora posparto y la matrona;
- la existencia de una versión para la clienta del estándar de atención (zorgstandaard);
- la gestión de las llaves;
- qué medidas debe adoptar la clienta para que la cuidadora posparto pueda trabajar con seguridad conforme a la normativa sobre condiciones de trabajo e higiene;
- el uso del coche de la clienta y/o de su pareja por parte de la cuidadora posparto;
- la política de aparcamiento;
- la política de privacidad;
- la política de medicación;
- la obligación de informar a la clienta sobre el empleo de cuidadoras posparto en formación y la obligación de recabar su consentimiento para el empleo de estudiantes en prácticas.
- el eventual régimen de gastos de cancelación
- las consecuencias de la Ley de horarios de trabajo (Arbeidstijdenwet) y del convenio colectivo (cao) para el empleo de cuidadoras posparto
- régimen de daños: la regulación de la indemnización de los daños causados por la persona empleada del proveedor de cuidados posparto
- Los acuerdos alcanzados en la conversación inicial se recogen por escrito.
Artículo 9. El plan de cuidados posparto
- La cuidadora posparto elabora por escrito, al comenzar los cuidados posparto, un plan de cuidados posparto a partir de la determinación de la indicación del Protocolo nacional de indicación (LIP) y de acuerdo con la clienta.
- En el plan de cuidados posparto se recogen los objetivos y los acuerdos, adaptados a los deseos, las costumbres y las circunstancias de la clienta y del recién nacido.
- En el plan de cuidados posparto se recoge además, como mínimo:
– qué miembros de la familia u otras personas de cuidado informal (mantelzorg) participan en la prestación de los cuidados posparto;
– los acuerdos alcanzados sobre el apoyo, la instrucción y la información que la cuidadora posparto debe dar a la pareja y/u otros miembros de la familia.
– los momentos de evaluación del plan de cuidados posparto.
- Si la cuidadora posparto no puede prestar los cuidados posparto acordados conforme al plan de cuidados posparto, la cuidadora posparto / el proveedor de cuidados posparto informa de ello a la clienta de inmediato. Si la clienta no puede o no quiere recibir los cuidados posparto acordados conforme al plan de cuidados posparto, la clienta informa de ello de inmediato a la cuidadora posparto y, fuera del horario de trabajo de la cuidadora posparto, al proveedor de cuidados posparto. En consulta y de acuerdo con la clienta, la cuidadora posparto ajusta después el plan de cuidados posparto.
- El plan de cuidados posparto forma parte del plan de atención al nacimiento (geboortezorgplan) que el profesional sanitario coordinador ha elaborado junto con la embarazada.
Artículo 10. Conservación de datos
- El proveedor de cuidados posparto debe conservar los datos sobre la clienta y el recién nacido. Estos datos constan en el contrato, el formulario del LIP, el traspaso a la JGZ, el registro de horas y una reproducción del registro, la interpretación y las acciones a emprender respecto a la clienta y/o el recién nacido para detectar problemas de salud.
- Al terminar el contrato, el proveedor de cuidados posparto conserva los datos anteriores y estos siguen a disposición tanto del proveedor de cuidados posparto como de la clienta. La clienta recibe una copia si lo desea. A los datos a que se refiere el artículo 7:454 del Código Civil neerlandés (Burgerlijk Wetboek) se aplican el plazo de conservación allí establecido y los derechos de la clienta en cuanto a corrección y destrucción. Para los demás datos rige la norma establecida en la Ley de protección de datos personales (Wet bescherming persoonsgegevens).
Artículo 11. Comunicación de datos y concesión de acceso a ellos por parte del proveedor de cuidados posparto a terceros
- El proveedor de cuidados posparto no facilita a terceros datos sobre la clienta y el recién nacido, ni acceso a ellos, sin el consentimiento por escrito de la clienta, salvo para cumplir una obligación legal o para aplicar el código de notificación de maltrato infantil (meldcode kindermishandeling) cuando no pueda pedirse el consentimiento por la seguridad del niño o de la familia.
- No se consideran terceros, en el sentido del primer apartado, la matrona ni quienes participan, en nombre y/o por encargo del proveedor de cuidados posparto, en la prestación de los cuidados posparto, en la medida en que la comunicación de datos (o el acceso a ellos) sea necesaria para el trabajo que deben realizar.
- Tras el fallecimiento de la clienta y/o del recién nacido, el proveedor de cuidados posparto, si se le solicita, da acceso a los datos que conserva a los familiares, en la medida en que la clienta haya dado su consentimiento por escrito para ello o pueda presumirse su consentimiento.
- La cuidadora posparto y quienes participan, en nombre y/o por encargo del proveedor de cuidados posparto, en la prestación de los cuidados posparto están sujetos a un deber de confidencialidad. El proveedor de cuidados posparto informa de ello a la clienta.
Artículo 12. Cuidados posparto
- El proveedor de cuidados posparto presta los cuidados posparto respetando:
- las normas de «verantwoorde kraamzorg» (cuidados posparto responsables), tal como las han establecido organizaciones representativas de, como mínimo, proveedores de cuidados posparto y clientes, en consulta con la Inspectie voor de Gezondheidszorg (inspección sanitaria neerlandesa),
- el estándar de atención (zorgstandaard) establecido por el Zorginstituut Nederland y los cuidados descritos en el LIP.
- El proveedor de cuidados posparto se asegura de que todas las cuidadoras posparto que, dentro de la organización del proveedor de cuidados posparto o por encargo de este, prestan cuidados posparto a la clienta:
- estén en todo momento habilitadas y sean competentes para ello;
- estén inscritas en el Registro de Calidad (Kwaliteitsregister) del Kenniscentrum Kraamzorg
- actúen conforme a los estándares profesionales aplicables a la cuidadora posparto, incluidas las directrices del colectivo profesional y, en todo caso, como lo haría un profesional razonablemente competente y que actúa con razonable diligencia.
- La cuidadora posparto en formación solo puede prestar cuidados posparto bajo la supervisión de un tutor de prácticas
- El proveedor de cuidados posparto garantiza la continuidad de los cuidados posparto.
Artículo 13. Seguridad
- El proveedor de cuidados posparto utiliza material adecuado, que necesita para el ejercicio de la profesión.
- En el séptimo mes de embarazo se programa una cita en casa de la clienta. Durante la visita a domicilio se comprueba si la cama de los padres y del bebé cumple las condiciones, el consumo de alcohol y drogas, las cosas del bebé, lo necesario para la cuidadora posparto y lo necesario para los padres, y la seguridad de la cuidadora posparto.
Artículo 14. Piezas sustituidas
Si la clienta y/o el recién nacido tratan con dos o más profesionales sanitarios que, en nombre o por encargo del proveedor de cuidados posparto, participan en la prestación de los cuidados posparto, el proveedor de cuidados posparto se asegura de que:
- a. todos los profesionales sanitarios implicados se informen entre sí, en el traspaso o a través del plan de cuidados posparto, y, si es necesario, se consulten sobre los datos relevantes de la clienta y/o del recién nacido, teniendo en cuenta las experiencias de la clienta e informándola de ello;
- b. las tareas y responsabilidades en torno a la prestación de cuidados posparto a la clienta y/o al recién nacido estén claramente delimitadas y coordinadas entre los profesionales sanitarios implicados;
- c. todos los profesionales sanitarios mantengan actualizado y consulten el plan de cuidados posparto.
Artículo 15. Incidentes
- Lo antes posible tras un incidente, el proveedor de cuidados posparto informa a la clienta sobre:
- la naturaleza y la causa del incidente;
- si se han adoptado medidas para evitar incidentes similares y cuáles.
- Si un incidente tiene consecuencias para el estado de salud de la clienta y/o del recién nacido, la cuidadora posparto lo comenta de inmediato con la matrona.
- La cuidadora posparto presta unos cuidados posparto adecuados siguiendo las instrucciones de la matrona, a fin de limitar las consecuencias del incidente para la clienta y/o el recién nacido.
- Si un incidente exige una intervención inmediata, la cuidadora posparto actúa de inmediato y lo comunica a la matrona lo antes posible.
- La organización de cuidados posparto se encarga de notificar adecuadamente los incidentes en los sistemas de registro establecidos para ello.
Artículo 16. Cuidado de los bienes personales
El proveedor de cuidados posparto se asegura de que quienes participan, bajo su responsabilidad, en los cuidados posparto de la clienta y del recién nacido traten con cuidado sus bienes.
Artículo 17. Obligaciones de la clienta
- La clienta acredita su identidad, antes de la celebración del contrato o durante su vigencia a petición del proveedor de cuidados posparto, con un documento de identidad válido y legalmente reconocido.
- La clienta facilita al proveedor de cuidados posparto, también en respuesta a sus preguntas, según su leal saber y entender, la información y la colaboración que este necesite razonablemente para ejecutar el contrato.
- La clienta se abstiene de conductas como la agresividad, la discriminación, la intimidación (sexual) y/u otras conductas perjudiciales para la salud o el bienestar de la cuidadora posparto y de otras personas que trabajan en el proveedor de cuidados posparto o por encargo de este. La clienta también se esfuerza por que los miembros de su familia y las visitas se abstengan de la conducta anterior.
- La clienta presta toda la colaboración necesaria para que el proveedor de cuidados posparto pueda hacer que se presten los cuidados posparto conforme a la normativa sobre condiciones de trabajo e higiene.
- La clienta debe dar a la cuidadora posparto y a otras personas que trabajan en el proveedor de cuidados posparto o por encargo de este la oportunidad de realizar sus tareas tal como constan en el plan de cuidados posparto o en el marco de la seguridad.
- En cuanto la clienta recibe cuidados posparto y/o servicios de otro proveedor de cuidados posparto, informa de ello de inmediato al proveedor de cuidados posparto.
- La clienta debe comunicar por escrito al proveedor de cuidados posparto, en un plazo de 48 horas tras la finalización de los cuidados posparto, los daños que haya constatado.
- Se considera que la clienta tiene un seguro de responsabilidad civil.
Artículo 18. Pago
- La clienta debe al proveedor de cuidados posparto el precio acordado por los cuidados posparto y servicios acordados, en la medida en que no los adeude, en virtud de la Zvw (ley neerlandesa del seguro de salud) o directamente, la aseguradora de salud.
- Por los costes acordados de cuidados posparto adicionales, aportación propia (eigen bijdrage) y/o servicios, el proveedor de cuidados posparto envía a la clienta una factura clara y detallada.
- Transcurrido un plazo de pago de 30 días, el proveedor de cuidados posparto envía un recordatorio de pago y da a la clienta la oportunidad de pagar todavía en un plazo de 14 días desde la recepción del recordatorio.
- Si, transcurrido el segundo plazo de pago, sigue sin haberse pagado, el proveedor de cuidados posparto tiene derecho a cobrar intereses legales y costes extrajudiciales de cobro desde el vencimiento del primer plazo de pago.
- No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, la clienta adeuda € 250,– , en los casos en que el contrato se termina o se rescinde tras su celebración y tras el vencimiento del plazo de 14 días, pero cuatro semanas antes de la fecha prevista de parto, si la clienta decide contratar a otro proveedor de cuidados posparto y la aseguradora de salud no reembolsa los costes del proveedor de cuidados posparto. Este importe debe abonarse en la cuenta bancaria del proveedor de cuidados posparto en un plazo de 14 días tras la terminación del contrato.
- El proveedor de cuidados posparto ofrece un servicio adicional, a saber, facilitar un sacaleches. La clienta puede utilizar el sacaleches previo pago, con una tarifa de € 3,– por día. Si el aparato resulta dañado por causa de la clienta, la aseguradora de responsabilidad civil o la clienta deben indemnizar el daño relativo al sacaleches.
Artículo 19. Terminación del contrato
- El contrato termina:
- por el ingreso de la clienta en un hospital, si no regresa del hospital en un plazo de 10 días tras el parto y el recién nacido no necesita cuidados posparto durante esos 10 días, salvo que la clienta tenga un seguro complementario para cuidados posparto diferidos;
- por el ingreso del recién nacido en un hospital, si no regresa del hospital en un plazo de 10 días tras el parto y la clienta no necesita cuidados posparto durante esos 10 días, salvo que la clienta tenga un seguro complementario para cuidados posparto diferidos;
- de mutuo acuerdo, que se recoge por escrito;
- por el fallecimiento de la clienta, si el recién nacido no necesita cuidados posparto;
- por el fallecimiento del feto o del recién nacido, si la clienta no necesita cuidados posparto;
- por motivos médicos de la clienta;
- Si la clienta rescinde unilateralmente el contrato por motivos distintos de los anteriores, el proveedor de cuidados posparto puede cobrar gastos de cancelación por importe de € 250,–, tal como se establece en el artículo 18, apartado 5.
Artículo 20. Rescisión por parte del proveedor de cuidados posparto
El proveedor de cuidados posparto solo puede rescindir el contrato por escrito y por motivos graves, siempre que se cumplan las condiciones siguientes:
- el proveedor de cuidados posparto ha tratado con la clienta los motivos en que se basa la rescisión prevista;
- el proveedor de cuidados posparto ha tratado con la clienta una alternativa adecuada.